Logotipo Euritax Legal Asesores Facebook Twitter Google Plus Twitter
Tel. 943 22 66 66
www.euritax.com
 
 
NOVEDADES
 
 
Decreto Foral-Norma 5/2020, medidas tributarias coyunturales, emergencia Covid-19
Decreto Foral-Norma 5/2020, medidas tributarias coyunturales, emergencia Covid-19

Sin perjuicio de que en próximos días tratemos más en detalle las medidas aprobadas, reproducimos a continuación el texto incluido en la página web de la Hacienda Foral de Gipuzkoa al respecto.


"A través de este Decreto Foral-Norma se adoptan medidas coyunturales para 2020 de reactivación económica y a que se minimicen los daños al tejido productivo por la situación provocada por el COVID-19.


OBJETIVOS:



  • Procurar liquidez a las empresas.

  • Fomento del emprendimiento.

  • Creación y consolidación de empleo estable.

  • Apoyar la transformación digital del pequeño comercio hacia el comercio electrónico.


ÁMBITO:



  • IRPF

  • Sociedades.

  • Algunas medidas son aplicables al IRNR con establecimiento permanente.


PRINCIPALES MEDIDAS:



  • Carry back Sociedades en 2019 (campaña actual 2020).

    • Impuesto: Sociedades.

    • A quién beneficia: empresas.

    • Qué es: compensar con beneficios presentes pérdidas futuras, a través de la Reserva para la nivelación de beneficios (art. 52 NFIS)

    • Cuál es la novedad: Se amplían y flexibilizan considerablemente los límites para poder reducir la base imponible. Podrán reducir la BI de 2019 en un 50% (75% si son microempresas o pequeñas empresas). Deben de cumplirse determinados requisitos para aplicar esta figura.
       



  • Carry back IRPF en 2019 (campaña actual 2020).

    • Impuesto: IRPF.

    • A quién beneficia: autónomos.

    • Qué es: compensar con beneficios presentes pérdidas futuras.

    • Cuál es la novedad: nueva figura. En la actual campaña de la renta, determinadas personas podrán reducir su base imponible el rendimiento neto negativo estimado para 2020. En la próxima campaña deberán de computar esa pérdida como mayor rendimiento de actividad económica (dicho de otro modo, compensarán la pérdida del año que viene con el beneficio de este año, de forma que el resultado sea cero). Deben de cumplirse determinados requisitos para aplicar esta figura. Se ha creado un nuevo modelo para su aplicación.
       



  • Deducción (I+D) 64 BIS.

    • Impuesto: Sociedades.

    • A quién beneficia: microempresas y pequeñas empresas de I+D.

    • Qué es: potenciar la deducción.

    • Cuál es la novedad: contribuyentes del Impuesto sobre sociedades reciben una deducción por invertir en proyectos de I+D llevados a cabo por microempresas y pequeñas empresas. Se flexibilizan varias condiciones y se amplían los importes.
       



  • Pagos fraccionados.

    • Impuesto: Sociedades.

    • A quién beneficia: empresas obligadas a realizar pagos fraccionados.

    • Qué es: el pago fraccionado es adelantar durante el año una parte de lo que vas a declarar en la campaña del año que viene.

    • Cuál es la novedad: se exime de este pago fraccionado a aquellas empresas que no esperen beneficios en 2020 (durante el primer semestre, su volumen de operaciones tiene que ser como máximo del 25% del primer semestre del 2019).
       



  • Amortización acelerada extraordinaria.

    • Impuesto: Sociedades.

    • A quién beneficia: empresas.

    • Qué es: cuando una empresa adquiere inmovilizados materiales nuevos (maquinaria, mobiliario…), este gasto se deduce en el Impuesto sobre sociedades.

    • Cuál es la novedad: se aumenta (se multiplica por 1,5) la cuantía de la amortización de los inmovilizados comprados entre la entrada en vigor de este Decreto Foral-Norma y el 31 de diciembre de 2020.
       



  • Deducción por inversión en pymes.

    • Impuesto: Sociedades.

    • A quién beneficia: pymes.

    • Qué es: deducción por inversiones en participaciones de pymes.

    • Cuál es la novedad: se crea una nueva deducción que el inversor podrá aplicar en la cuota líquida del Impuesto sobre sociedades, para inversiones hechas en 2020:

      • 10% y hasta 100.000 euros por inversiones en pymes.

      • 15% y hasta 150.000 euros por inversiones en start-ups.

      • 20% y hasta 200.000 euros por inversiones en pymes innovadoras.
         





  • Deducción por creación de empleo.

    • Impuesto: Sociedades.

    • A quién beneficia: empresas que creen empleo.

    • Qué es: deducción por creación de empleo.

    • Cuál es la novedad: se potencia. El límite de la deducción por creación de empleo sube a 7.500 euros por cada trabajador (antes era 5.000 euros).
       



  • Constitución de sociedades por trabajadores.

    • Impuesto: IRPF.

    • A quién beneficia: trabajadores que constituyan empresas.

    • Qué es: una deducción para trabajadores que constituyan la empresa para la que van a trabajar.

    • Cuál es la novedad: se potencia el incentivo: los porcentajes de deducción de incrementan un 5%; los límites suben de 1.200 a 6.000 euros (hombres) y de 1.800 a 8.000 euros (mujeres).
       



  • Deducción para transformación digital del pequeño comercio.

    • Impuesto: IRPF e Impuesto sobre sociedades.

    • A quién beneficia: autónomos, microempresas y pequeñas empresas.

    • Qué es: una deducción por inversiones destinadas a la transformación digital y la implantación del comercio electrónico.

    • Cuál es la novedad: nueva deducción. Los autónomos podrán aplicarse una deducción del 30% de los gastos efectuados en 2020 para la implantación del comercio electrónico (ventas online).
       



  • Exención del Seguro específico para el personal sanitario.

    • Impuesto: Sucesiones y donaciones e IRPF.

    • A quién beneficia: personal sanitario.

    • Qué es: una exención para las prestaciones por enfermedad y fallecimiento del personal sanitario como consecuencia del COVID-19.

    • Cuál es la novedad: Las entidades aseguradoras, a través de UNESPA, han creado un seguro colectivo gratuito para todo el personal sanitario, que cubre las prestaciones por enfermedad y fallecimiento como consecuencia del COVID-19. La medida consiste en dejar exenta esa prestación para el personal sanitario.
       



  • Otras medidas:

    • Rescate EPSV especial por COVID-19. No cuenta como contingencia a efectos de la integración del 60%.

    • Entidades innovadoras de nueva creación (art. 89 ter.1 NFIRPF):

    • Plazo de 7 años desde su constitución (antes 5)

    • Pérdidas compensables a 10 años (antes 4).

    • Compensaciones específicas del sector pesquero por COVID-19.

    • Contrato de arrendamiento financiero. Flexibilización de requisitos.

    • Cancelación de deudas con devoluciones tributarias.

    • Adelantamiento de la publicación del listado de deudores."




Publicado por Javier Peribáñez, el 27-05-2020

 
NOTICIAS Y NOVEDADES
 
   VER TODAS   
 
 
(+34) 943 22 66 66        euritax@euritax.com        Facebook    Twitter    Google Plus    Twitter
 
Responsable: Identidad: Euritax Legal Asesores S.L. - NIF: B20819975 Dir. postal: Camino Portuetxe 16, of.205 Teléfono: 943 22 66 66 Correo electrónico: euritax@euritax.com. “En nombre de la empresa tratamos la información que nos facilita con el fin de enviarle publicidad relacionada con nuestros productos y servicios por cualquier medio (postal, email o teléfono) e invitarle a eventos organizados por la empresa. Los datos proporcionados se conservarán mientras no solicite el cese de la actividad. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal. Usted tiene derecho a obtener confirmación sobre si en Euritax Legal Asesores S.L. estamos tratando sus datos personales por tanto tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificar los datos inexacto o solicitar su supresión cuando los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos”.

Responsible: Identity: Euritax Legal Asesores S.L. - NIF: B20819975 Postal Adress: Camino Portuetxe 16, off. 205 Tel: 943 22 66 66 Email: euritax@euritax.com. On behalf of the company, we treat the information you hand over us in order to send advertising related to our products and services by any means (postal, email or telephone) and to invite you to events organized by the company. The data provided will be kept while the business relationship lasts or during the necessary years to comply with legal obligations. The data will not be transferred to third parties except in the cases where there is a legal obligation. You have the right to obtain confirmation on wether Euritax Legal Asesores S.L. is treating your personal data. Therefore, you will be able to exercise your right to access, modify, cancel and oppose the processing of your personal data whenever the data is no longer necessary.
 
 
© 2020 Euritax Legal Asesores S.L.. All Rights Reserved